Orden 13/2014, de 23 de junio
de 2014, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la
que se fijan las limitaciones y períodos hábiles de caza en la Comunidad
Autónoma de La Rioja para la temporada cinegética 2014-2015Artículo
13.- Caza mayor: Lobo.
1. Se podrá autorizar la caza del
lobo en aquellos terrenos cinegéticos que lo tengan aprobado en sus
correspondientes Planes Técnicos de Caza y en las condiciones que se
especifiquen en su resolución aprobatoria.
2. En aquellos terrenos
cinegéticos que no tengan aprobado el aprovechamiento de lobo en sus planes
técnicos, la Dirección General de Medio Natural podrá autorizar, exclusivamente
en los términos en que se hayan reconocido por la referida Dirección General
daños en la cabaña ganadera en los dos últimos años anteriores computados desde
la fecha de la autorización, la caza del lobo durante el desarrollo de batidas
de caza mayor y en las cacerías de corzo y ciervo controladas por Agentes
Forestales del Gobierno de La Rioja.
3. En todos los casos será
preceptiva la expedición previa de la correspondiente autorización
administrativa para ejercer dicha caza.
En general está autorizando la
caza de 3 ejemplares por año, aunque nunca se alcanzan al ser tan escasa la
presencia de esta especie en la región.
Amigos de la Tierra La Rioja
reclama que se realice otro tipo de gestión de esta especie, que debe pasar por:
-
Declarar esta especie como no cinegética.
-
Redactar y aprobar un Plan de recuperación de la
misma.
-
Garantizar la presencia del lobo en la totalidad
de la sierra.
-
Desarrollar medidas para que la presencia del
lobo sea compatible con la ganadería.
Creemos que el Gobierno de La
Rioja debe cambiar de opinión respecto a esta especie. Es un animal que puede
mejorar nuestros ecosistemas, donde en este momento predomina la presencia de
ungulados.
En Logroño, 17 de julio de 2015